DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES
¿QUIÉNES SE ENCUENTRAN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN ANTE LA COMISARÍA DEL SAPAC?
De acuerdo a lo que señala el último párrafo del artículo 108 Constitucional, así como a lo indicado en la fracción XXV, del artículo 3º, y artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las secretarías o su respectivo Órgano Interno de Control u homólogo, todas las personas servidoras públicas, es decir, todas aquellas que desempeñen un empleo cargo o comisión en las dependencias y entidades de la Administración Pública.
Es decir, todos los servidores públicos del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Cuernavaca.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN?
En este sentido, el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, establece los plazos para su presentación, mismo que a la letra dispone:
- ) La Declaración Inicial dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
- Ingreso al servicio público por primera vez;
- Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo;
- Declaración de Modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año, y (siempre y cuando haya laborado al menos un día del año inmediato anterior)
- Declaración de Conclusión del encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.
¿QUÉ TIPO DE DECLARACIÓN DEBO PRESENTAR?
Para la presentación de la declaración existirán dos formatos, los cuales son los siguientes:
Declaración «SIMPLIFICADA», para aquellos servidores públicos cuyo nivel jerárquico sea menor al de jefe de Departamento.
Declaración «COMPLETA», para aquellos servidores públicos cuando su nivel jerárquico sea igual o mayor al de jefe de Departamento.
SI CAMBIÉ DE PUESTO O NIVEL EN EL MISMO ORGANISMO DESCENTRALIZADO, ¿TENGO OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN DE CONCLUSIÓN E INICIAL?
Siempre y cuando no hayan transcurrido más de 60 días naturales para la prestación del servicio, entre el cargo anterior y el actual, no estará obligada a presentar declaración inicial ni de conclusión del encargo, y únicamente deberá dar aviso de dicha situación, dentro de los sesenta días naturales posteriores a la fecha de toma de posesión del nuevo encargo. Para ello deberá enviar escrito libre a la Comisaría, informando sus datos generales y los datos del cargo anterior y actual.
¿QUÉ DEBE ENTENDERSE POR CONFLICTO DE INTERÉS?
Conforme al artículo 3 fracción VI de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, deberá entenderse por conflicto de Interés:
“La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios.”
¿EXISTEN MODIFICACIONES A LOS DATOS DE UNA DECLARACIÓN YA FIRMADA?
NO, una vez firmada la declaración no se podrán realizar aclaraciones o modificaciones, por lo que es importante verificar que la información es correcta.
¿QUÉ CONSECUENCIAS EXISTEN SI NO SE PRESENTA LA DECLARACIÓN?
La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece en su artículo 33 que si no se presenta la declaración patrimonial y de intereses en cualquiera de sus tres modalidades (inicio/modificación/conclusión), en los plazos correspondientes sin causa justificada, se iniciará inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las Faltas administrativas correspondientes.
¿ANTE QUÉ AUTORIDAD DEBO PRESENTAR MI ACUSE DE DECLARACIÓN?
Ante la Comisaría del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Cuernavaca.
Datos del contacto: Oficina ubicada en Calle Hermenegildo Galeana No. 61 Colonia Centro, Cuernavaca, Mor. Vía telefónica: 777 614 0013, en un horario de Lunes a Viernes de 08:000 a 16:00 horas.
DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL 2023
Para el año 2023, presentarán la declaración “SIMPLIFICADA”, aquellos servidores públicos cuyo nivel jerárquico sea menor al de jefe de Departamento, con un ingreso mensual neto menor a los $14, 000.00.
Deberán presentar la declaración “COMPLETA”, aquellos servidores públicos cuando su nivel jerárquico sea igual o mayor al de jefe de Departamento, con un ingreso mensual neto igual o mayor a los $14, 000.00.
¿Cuál es el plazo para la presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses?
Los plazos de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos son:
a) La Declaración Inicial se presentará dentro de los 60 días naturales siguientes
- Fecha de ingreso al servicio público por primera vez;
- Fecha de reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo;
b) Declaración de Modificación: durante el mes de mayo de cada año, siempre y cuando la persona servidora pública se encuentre en los siguientes supuestos:
- Que el servidor público esté en activo;
- Que haya trabajado por lo menos una quincena del ejercicio inmediato anterior;
c) Declaración de Conclusión: Dentro de los siguientes 60 días naturales siguientes a la conclusión del encargo.